Secretaría

El Secretario de la Hermandad y Cofradía, que lo será también de todos los órganos colegiados, competen las siguientes funciones:

  1. Actuar como notario de la Hermandad, dando fe de todos sus actos y acciones, levantando acta de las reuniones de los órganos de gobierno de la Hermandad y Cofradía, en donde figurarán los temas tratados y los acuerdos tomados. Naturalmente existirán libros de actas donde el Sr. Secretario dará cuenta.
  2. Tendra bajo custodia, en las dependencias de la Casa de Hermandad, los libros de actas, sellos, archivos, libros de hermanos, ficheros, correspondencia oficial, y cuanta documentación corresponda mantener por razón de su cargo. Esta custodia la mantendrá siempre en la propia Casa de Hermandad, no pupdiendo sacar documento alguno de la misma sin previo permiso de la Junta de Gobierno o del Hermano Mayor.
  3. En cuanto a la correspondencia oficial, y para un mejor control, se responsabiliza tanto de las entradas como de las salidas, llevando sendos libros de registro.
  4. Llevará un libro actualizado de Hermanos, donde se incluyen las altas de nuevos hermanos, y se señalan las bajas, siendo al propio tiempo responsable de la confección del censo. En el libro figurará la fecha de la recepcion canónica, y se dará cuenta al Tesorero de las altas y bajas.
  5. Recibirá la los nuevos hermanos, una vez admitidos por la Junta de Gobierno, tomándoles el juramento e inscribiendo sus nombres en el Libro de Hermanos.
  6. Extenderá y firmará, con el visto bueno del Hermano Mayor, las cédulas de citacion para Junta de Gobierno y Cabildos, así como los nombramientos de hermanos que ocupen vacantes que puedan surgir en las Juntas de Gobierno. Así mismo, expedirá las certificaciones que se soliciten de la Hermandad con el visto bueno del Hermano Mayor.
  7. Elaborará la memoria anual de las actividades realizadas por la Hermandad y Cofradía, que será presentada a laJunta de Gobierno, con la antelación debida a la celebración del Cabildo General de Cuentas.
  8. Llevará al día el Inventario de los Bienes de la Hermandad, debiendo actualizarlo anualmente.
  9. Además de lo anterior, asumirá cualquier otra función derivada de los propios Estatutos, o encomendada bien por el Hermano Mayor, bien por cualquier órgano colgegiado de gobierno.